Universidad Miguel de Cervantes

Ley 21.369 sobre Igualdad de género y la no discriminación en la Educación Superior.

A mediados de septiembre entró en vigencia la Ley 21.369 que regula el acoso sexual, la violencia y discriminación de género en la educación superior. A partir de esta fecha, las instituciones tienen un año para implementar lo que dispone la normativa, que entiende el acoso sexual como una manifestación de violencia de género que atenta contra la dignidad, la libertad y la integridad de las personas, limitando la igualdad en el ejercicio de los derechos fundamentales.

El cuerpo legal rige a todas las personas que son parte de las comunidades educativas en el nivel superior: docentes, estudiantes, funcionarias y funcionarios. El texto mandata contar con una política contra el acoso sexual, la violencia y discriminación de género, además de contar con un modelo de investigación y sanción y otro que, de manera integral, se ocupe de prevenir la ocurrencia de estos hechos. Asimismo, las Instituciones deben proteger y reparar a las víctimas en el ámbito de la educación superior, promoviendo, en particular, las relaciones igualitarias de género.

Este último ámbito de la prevención es clave para erradicar el acoso sexual de nuestras instituciones, por lo cual la ley contempla la obligatoriedad de actividades de sensibilización y programas de capacitación y especialización dirigidas hacia quienes son parte de las comunidades. Asimismo, se establece que el diseño e implementación de estas acciones deberá estar a cargo de unidades integradas por equipos especializados.

La Universidad Miguel de Cervantes promueve el respeto y la defensa de la dignidad de las personas en toda circunstancia, a la luz de su misión, visión y valores institucionales, que se ve plasmado en el Código de Ética y Buena Convivencia de la UMC, cuyo artículo 2° N.º 1 establece el “respeto irrestricto a todos los integrantes de la comunidad, comenzando por el buen trato y la cordialidad”. En este contexto, la Universidad ha aprobado un protocolo de prevención y apoyo a víctimas de acoso sexual en contextos universitarios, que tiene por objetivos expresar una línea de preocupación y compromiso con la problemática del acoso y violencia sexual; generar procedimientos especiales para eventuales casos de este tipo, que garanticen los derechos y la dignidad de las personas y prestar asistencia psicológica y orientaciones en el ámbito jurídico a estudiantes, administrativos y académicos que sean víctimas de hechos de acoso y violencia sexual.

Este año, con aporte del MINEDUC, mediante un proyecto FDI, la UMC crea el Observatorio Estudiantil de Género, Feminismos y Diversidades, un proyecto nacido desde las y los estudiantes, que con apoyo de la DAE y en coordinación con la Vicerrectoraría Académica, es concordante con los desafíos que nos impone esta Ley, en términos de abordar estos fenómenos de manera integral en nuestra comunidad, a la vez que retroalimentar los procesos y mecanismos diseñados al efecto en nuestra Universidad, de manera de contar con herramientas efectivas para el establecimiento de ambientes seguros y libres de acoso sexual, violencia y discriminación de género, para todas las personas que se relacionen en nuestra comunidad, con prescindencia de su sexo, género, identidad y orientación sexual.

https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=1165023

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